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domingo, julio 13, 2025

45, NO 90

Vota por aquel que promete menos: será el que menos te decepcione

Bernard M. Baruch (1870-1965) Financiero norteamericano

 

jaimelopezEs un hecho que el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán se decantará en favor del alcalde Alfonso Martínez, echando abajo la resolución del Instituto Electoral de Michoacán que le exigía separarse de su cargo noventa, no cuarenta y cinco días antes de la elección. La resolución también favorecerá a todos los demás alcaldes y diputados locales que busquen la reelección.

La medida será polémica sin duda, porque el criterio del IEM se basaba en que el piso debe ser parejo para todos los aspirantes a un cargo de elección pública, a los cuales la Constitución establece que deben separarse de su responsabilidad pública, si la tienen, noventa días antes de la elección, esto es, el 31 de marzo a más tardar. En ese criterio, el IEM estimó que la medida debe ser pareja para todos los candidatos, busquen o no la reelección. De entrada, parece válido el criterio: piso parejo para todos.

Empero, me parece que a su vez el criterio de Martínez Alcázar y de las dirigencias del PRI y Verde, que interpusieron por separado el mismo recurso ante el TEEM, es tanto o más sólido: de alguna forma el principio de reelección conlleva ventajas y desventajas para los diputados y alcaldes que buscan ser votados para seguir otra gestión más en el cargo; tienen la desventaja, por ejemplo, de no poder hacer precampañas y, cierto, la ventaja de darle continuidad a su trabajo, porque se supone que la ciudadanía les da su confianza para alargar su administración otro periodo más. Ello, amén de que ya hay un antecedente de la misma Corte sobre un caso en Yucatán, que tuteló el derecho de un alcalde que buscaba reelegirse, a no ausentarse sino 45 días antes de la elección.

Además, Martínez llevaba una desventaja incluso con el resto de los demás alcaldes que ahora también se verán beneficiados: ellos no tendrían problema con la designación que haría el Congreso del Estado de un sustituto, si tuvieran que separarse del cargo noventa días antes, porque la ley contempla que el elegido sea del mismo partido del que se ausenta temporal o definitivamente, lo que garantiza que no haya una cacería de brujas en su contra. En tanto, Martínez, como independiente y por ende sin partido político detrás, se tendría que enfrentar al inédito hecho de que el Congreso del Estado designara seguramente a un opositor suyo, que le volviera un caos la administración municipal incluso con toda intención y que le torpedeara su campaña desde la misma Alcaldía. Ese criterio es cien por ciento político, y por tanto no es tomado en cuenta por el TEEM, pero es real.

Como sea, me parece sensata y justa la resolución que tomará el Tribunal, y que en las próximas horas ventilará en sesión plenaria convocada exprofeso. Eso sí, los magistrados serán enfáticos en alertar a todos los diputados y ediles que se beneficien con su resolutivo, que deberán evitar mezclar sus actividades oficiales con las de candidato, lo mismo que utilizar logos, imágenes o propaganda que puedan confundirse entre ambas funciones.

La resolución del tribunal pondrá fin a la polémica desatada en torno al caso. Un motivo menos de discordia. Veremos.

jaimelopezmartinez@hotmail.com twitter@jaimelopezmtz>

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