Los hombres pueden hacer leyes para poner trabas y obstaculizar la votación, pero no pueden impedir o retardar el crecimiento y la maduración de nuestra conciencia
Booker Taliaferro Washington (1856-1915) Orador norteamericano
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán resolvió, simplemente, como tenía que hacerlo: declaró improcedente la restricción de temporalidad que el Instituto Electoral de Michoacán impone para la realización de debates de candidatos a cargos de elección popular a nivel local, es decir, alcaldes y diputados.
El reglamento del IEM impide realizar un debate en los veinte días previos al de la jornada de votaciones. El Grupo Morelos, del que formo parte, organizó uno para este lunes entre los siete candidatos a la alcaldía moreliana. La fecha ya entra en la veda impuesta por el IEM.
El problema es que el reglamento de debates del Instituto Nacional Electoral no contempla ninguna veda en el tiempo, lo que significa que siendo los organismos locales meros coadyuvantes del nacional, no pueden contraponerse ni ir más allá de lo que éste último establezca en cualquier materia, incluyendo, claro, el tema de los debates.
Por tanto, a juicio nuestro, el IEM se extralimitó en fijar la veda de los veinte días, razón por la que acudimos al TEEM a interponer un recurso de protección de derechos político electorales de los ciudadanos, porque además estimamos que se vulnera la libertad de expresión y el derecho a la información de la sociedad.
Como era fácil anticipar, el TEEM se decantó por darnos la razón. No se trata de hacer leña del árbol caído, pero el porrazo para el IEM debe hacer entender a sus consejeros que la soberbia no es buena consejera, menos en tratándose de temas electorales. El IEM está para organizar elecciones locales, pero en calidad de colaborador del INE, dado que de acuerdo con la reforma legal en la materia, perdió su carácter de autónomo. Y si el reglamento del INE, superior jerárquico, no aclara tiempos de veda para organizar debates, el “coadyuvante” no tiene atribuciones para, de su ronco pecho, fijarlas. Así de fácil.
En la reciente reforma electoral, mucho se buscó la desaparición de los organismos electorales de los estados, a fin de que el INE tomara el control completo de las elecciones, fueran federales o locales. Y para ser francos, no sonaba nada mal esa posibilidad, porque ¿cuál es el caso de un organismo nacional y 32 locales? Sólo de ver el gasto que requieren estos últimos, se justificaría su desaparición. La intervención de no pocos gobernadores salvó de última hora la vida de los órganos locales, pero éstos quedaron con respiración artificial.
Bien harían en no retar al INE con eso de atribuciones que no tienen, porque no sé si en el siguiente intento de que desaparezcan vaya a haber otra vez gobernadores que maniobren para su rescate. Fue innecesario el protagonismo mostrado por el IEM en el caso del debate del Grupo Morelos, aunque a la luz del resultado, paradójicamente resultó productivo, dada la resolución del TEEM y el precedente que sienta.
Bien harían los consejeros del IEM en recordar que, de acuerdo con la ley, a los servidores públicos sólo les está permitido hacer lo que expresamente la misma ley contempla: nada de interpretar lo que el legislador quiso decir, nada de cubrir “lagunas” legales, nada, en síntesis, de ponerse creativos. Espero que les caiga el veinte.