spot_img
24.5 C
Morelia
lunes, julio 14, 2025

Estado y municipios destinarán 3% de sus presupuestos anuales para crear y mantener instalaciones deportivas

Diputado del PT presenta iniciativa para reformar el artículo 62 de la Ley de Cultura Física y Deporte de Michoacán                                                                         

Para garantizar la suficiencia de instalaciones deportivas adecuadas y en óptimas condiciones, el Estado y sus municipios deberán destinar por lo menos el 3% de sus presupuestos anuales para atender adecuadamente las demandas que requiera el desarrollo de la Cultura Física y el Deporte como factores para prevención de enfermedades y de adicciones.

Lo anterior, debido a la propuesta que presentó Hugo Ernesto Rangel Vargas, Diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (PT) para reformar el artículo 62 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Michoacán y contar con la mayor cantidad de espacios “para que los michoacanos cuenten con la infraestructura necesaria para realizar actividades deportivas, siendo imperativo para combatir los flagelos que aquejan a nuestra sociedad”.

En su exposición de motivos, el legislador petista reconoció que se tuvo dificultades para integrar la iniciativa “porque no hay ni siquiera una estadística básica que nos diga cuánto se está invirtiendo en el rubro a nivel estatal y municipal, y lo que no se mide, no se puede mejorar”.

Agregó que de la consulta a algunos portales municipales de información pública, “nos percatamos que los municipios invierten en un sin número de compras diversas y contratación de servicios varios, de capítulo 1000, entre otros y la inversión pública en Infraestructura para el Deporte es casi nula o inexistente”

Para Ernesto Rangel es urgente mandatar desde la Ley un porcentaje de los presupuestos anuales que permita garantizar el mínimo indispensable para el mantenimiento y conservación de las instalaciones deportivas en el Estado, que permitan atender adecuadamente las demandas que requiera el desarrollo de la cultura física y el deporte.

Su propuesta de modificar el artículo 62 de la ley es para que los gobiernos, tanto del Estado como los municipales “construyan, remodelen, adecuen, den mantenimiento y procuren la conservación de las instalaciones que permitan atender adecuadamente las demandas que requiera el desarrollo de la cultura física y el deporte, como un eje de acción gubernamental para una mejor salud física y mental”.

Como decreto único de la iniciativa, la reforma al artículo 62 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Michoacán de Ocampo, quedará como sigue:

“Es de interés público la construcción, remodelación, ampliación, adecuación, mantenimiento y conservación de las instalaciones que permitan atender adecuadamente las demandas que requiera el desarrollo de la cultura física y el deporte, promoviendo, para este fin, la participación de los sectores público, social y privado en el territorio estatal, el Estado y sus municipios deberán destinar por lo menos el 3% de sus presupuestos anuales para tal fin”.

Noticias Recientes
spot_img
Noticias Relacionadas