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viernes, julio 26, 2024

Con 22, 18 y 16 años de prisión, jueces de oralidad penal sancionaron delitos de feminicidio, homicidio y violación agravada

Con autonomía, independencia y total apego a Derecho, los jueces y juezas de oralidad penal del Poder Judicial de Michoacán emiten sentencias para hacer efectiva una justicia eficaz y cercana a la gente.

En este sentido, destaca que una pena de 22 años y 6 meses de prisión fue impuesta por un juez de oralidad penal de la región Morelia, a Arturo A. N. para sancionar el feminicidio de Amparo A. M. con quien tenía una relación sentimental; los hechos ocurrieron en la colonia Centro de Huandacareo. Lo anterior, dentro de la causa 1192/2022.

En esta misma región, Christian A. H. O. deberá cumplir una pena de 18 años de prisión por el homicidio de Víctor H. M. O., quien era tío del hoy sentenciado, en la colonia Independencia; esto, luego de que en juicio oral se le dictara sentencia condenatoria, dentro de la causa 1066/2021.

Por otra parte, con 16 años y 8 meses de prisión, Antonio A. P. y Florencia B. A., fueron sentenciados por el delito de violación agravada en perjuicio de la niña P. M. B. de 12 años de edad. Dentro de la causa 162/2022, el juez de oralidad penal de la región Zitácuaro también los sentenció a cubrir la reparación del daño íntegra de manera genérica para que se cuantifique ante el juez de ejecución de sanciones penales.

En tanto que, en la causa 1278/2023 de la región Morelia, al aplicar la perspectiva de infancia y de género, se vinculó a proceso penal a Jordan H.O., por su probable intervención en los hechos que la ley señala como los delitos de violación equiparada y homicidio en perjuicio de su hijo infante K.E.H.S., de 6 años, por hechos ocurridos el 7 de noviembre en Zinapécuaro; además, se le impuso la medida cautelar de prisión preventiva y fijó como plazo para la investigación complementaria 4 meses.

Finalmente, Juan G.R.G. fue vinculado a proceso por una jueza de oralidad de la región Uruapan, dentro de la causa 291/2023, por su probable participación en el delito de maltrato animal, previsto y sancionado en el artículo 311 del Código Penal Estatal; los hechos ocurrieron en mayo de 2022, en la colonia Agustín Arriaga Rivera. Además, se le impuso la medida cautelar de presentación periódica mensual ante la “Unidad de medidas cautelares y suspensión condicional del proceso”.

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