Con una derrama económica de 466 millones 259 mil pesos
En cumplimiento del mandato del Artículo 2 constitucional para la entrega y el ejercicio directo de recursos públicos, la Secretaría de Bienestar del Gobierno de México inició la distribución de tarjetas del Banco del Bienestar, correspondientes al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para Pueblos Indígenas y Afromexicanas (Faispiam), a 364 comunidades indígenas y pueblos afromexicanos en el estado de Michoacán, con una derrama económica de 466 millones 259 mil pesos.
Durante la entrega en Paracho, el Delegado de Programas para el Bienestar en la entidad, Roberto Pantoja Arzola, señaló que el gobierno de la Cuarta Transformación reconoce a los pueblos indígenas como sujetos de derecho público, por ello, la Presidenta impulsó la reforma que les otorga el 10 por ciento de este fondo dedicado a combatir la pobreza en las zonas más marginadas del país.
«En Michoacán estamos hablando de pueblos originarios Purépechas y sus cuatro subregiones; pueblo Pirinda- Matlatzinca; pueblo Mazahua; pueblo Otomí; pueblo Nahua y Afromexicano de la Costa- Sierra, que de forma democrática decidirán en qué se invierte el dinero público, recurso del pueblo y para el pueblo”, expresó en compañía del Presidente Municipal de Paracho, Jorge Gómez Ramírez.
En presencia de autoridades indígenas de las regiones de Zacapu, Uruapan, Apatzingán y Jiquilpan; e integrantes del Comité de Administración y Vigilancia, destacó que previamente el personal de Bienestar y el Instituto Nacional de Pueblos Indigenas (INPI), realizaron asambleas informativas con los habitantes sobre la operación del Faispiam, cuyos recursos deben destinarse exclusivamente en obras de infraestructura social básica, como agua potable, alcantarillado, drenaje, electrificación, infraestructura educativa y de salud, y mejoramiento de vivienda.
En su participación, el enlace del Faispiam en Michoacán, Luis Ochoa Espinoza, aclaró que de acuerdo a las leyes general de presupuesto y hacienda, los recursos del fondo no pierden su carácter federal, es decir, deben de ser ejercidos conforme a las leyes federales que rigen su aplicación, por lo tanto, son vigilados y auditables.