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lunes, septiembre 15, 2025

Vínculo matrimonial o de pareja, no obligará a mujeres a tener relaciones sexuales

WhatsApp Image 2022-03-17 at 11.54.40 AMLegislador expone que es necesario que se castigue este tipo de acciones, debido a que tan solo en el 2021, se denunciaron más de 21 mil violaciones simples y equiparadas

 

El Congreso del Estado analiza modificaciones al Código Penal en Michoacán para castigar hasta con 15 años de prisión a todo aquel que abuse del vínculo matrimonial, concubinato o relación de pareja, para obligar a una persona a tener relaciones sexuales.

La propuesta presentada por el coordinador de la bancada petista en la 75 Legislatura, Reyes Galindo Pedraza, expone que es necesario que se castigue este tipo de acciones, debido a que tan solo en el 2021, se denunciaron 21 mil 189 violaciones simples y equiparadas, es decir, un promedio de 58 casos al día.

“De acuerdo con la ONU mujeres, en México una de cada 3 mujeres ha experimentado un tipo de violencia sexual, así como 7 de cada 10 agresiones contra ellas son índole sexual que van desde los piropos denigrantes hasta la violación, históricamente la violencia hacia la mujer, ha sido manifestada por el hombre, se ha privado a la mujer de una vida plena y libre”, señaló.

El legislador michoacano dijo que es violencia sexual, cualquier acto que se realice sin el consentimiento de la persona, independientemente del vínculo sentimental o legal que se tenga con el agresor.

Por lo anterior, presentó el proyecto de decreto para reformar el artículo 164 del Código Penal en Michoacán, para que todo aquel que ejerza violencia física y sin el consentimiento realice cópula con otra persona, sea cual fuere el sexo, se le impondrán de 5 a 15 años de prisión y sí la víctima es menor de edad la sanción incrementará de 10 a los 30 años de cárcel.

 

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