La economía circular es un modelo económico que busca minimizar el desperdicio y maximizar el uso de los recursos, extendiendo el ciclo de vida de los productos y materiales; se diferencia del modelo tradicional al enfocarse en la reutilización, reparación, reciclaje y regeneración de dichos productos y materiales.
La Presidencia de la República por la tarde del viernes pasado, publica en el Diario Oficial de la Federación un Decreto que contiene una serie de beneficios fiscales para los llamados “Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar”, beneficios que están vigentes desde esa fecha, hasta el 31 de diciembre del año 2030, en favor de personas físicas o morales residentes en México o residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, que cuenten con proyectos de economía circular para realizarse en los locales industriales de uno de dichos Polos de Desarrollo.
Se otorga un estímulo fiscal a los desarrolladores, consistente en un crédito fiscal acreditable del 100% contra los derechos que se generen por el uso, goce o aprovechamiento de los bienes de dominio público de la Federación, a partir del otorgamiento del título de concesión del inmueble asignado para el desarrollo y administración del Polo de Desarrollo.
Los desarrolladores y las empresas de economía circular que apliquen los estímulos fiscales establecidos en dicho decreto no podrán aplicar conjuntamente otros beneficios o estímulos fiscales.
Las empresas de economía circular y los desarrolladores podrán aplicar en la declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio fiscal correspondiente a la firma del instrumento jurídico que les dé acceso al Polo de Desarrollo y hasta el ejercicio fiscal de 2030, un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional equivalente al 25% del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación que reciba cada uno de sus trabajadores en el ejercicio fiscal de que se trate o por los gastos erogados por concepto de innovación.
Los desarrolladores y las empresas de economía circular durante los ejercicios fiscales de 2025, 2026, 2027, 2028, 2029 o 2030, podrán efectuar la deducción inmediata del 100% del monto original de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, que utilicen para realizar sus actividades en los Polos de Desarrollo, en lugar de aplicar los por cientos máximos autorizados en la Ley del Impuesto sobre la Renta, según corresponda; se consideran bienes nuevos los que se utilizan por primera vez en México.
El Decreto en uno de sus considerandos precisa que, la transformación también implica un cambio en el modelo económico bajo el principio «Por el bien de todos, primero los pobres», además de que la inversión pública debe estimular la economía en las regiones y generar empleos, mientras que la confianza en el país y su modelo estimulan la inversión extranjera; que la prosperidad de una sociedad depende de todos, por lo que el desarrollo económico debe elevar el nivel de bienestar de las y los mexicanos que a su vez pone en marcha la economía interna y regional, así como la inversión pública y privada.
¿Habrá interés de la iniciativa privada de establecerse en dichos Polos de Desarrollo frente a una centralización de poderes que puede limitarles la certidumbre jurídica en el momento de resolver alguna controversia jurídica? Al parecer, estos Polos de Desarrollo tendrán al final el mismo destino de las “Zonas Económicas Especiales” de la administración de Peña Nieto de 2017, el fracaso; en 2017 se les ofertaba a los empresarios no pagar el ISR en los primeros diez años de actividad, no pagarían el 50% de las contribuciones a la seguridad social y la venta de insumos estaría afecta a una tasa 0% en materia del Impuesto al Valor Agregado.
@lvarezbanderas