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sábado, octubre 25, 2025

EL FRAUDE A LA NACIÓN

¿Qué lleva a una entidad pública al tráfico de comprobantes fiscales con operaciones inexistentes? La sustracción del dinero público en beneficio de las personas que se encuentran frente a la administración pública en todos sus niveles de gobierno. La compra de este tipo de comprobantes no es privativa de los contribuyentes ordinarios que buscan elevar un impuesto indirecto en su beneficio y en consecuencia con su deducción, mantener una renta disminuida para determinar un impuesto directo menor; a una entidad pública la Ley del Impuesto Sobre la Renta las identifica como personas morales no contribuyente o con fines no lucrativos, para tal efecto en su Título III, fracciones XXII y XXIII señala como tales a los partidos políticos y a las asociaciones políticas, legalmente reconocidas, así como a la Federación, a las entidades federativas, a los municipios y a las instituciones que por Ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación.

El Instituto Nacional Electoral ha quedado rebasado en el aspecto de la fiscalización de los recursos públicos entregados a los partidos políticos con fines electorales, en México se identifica a todos los partidos políticos nacionales que se han visto beneficiados al respecto, han pagado cantidades millonarias a contribuyentes que a su vez les expiden comprobantes fiscales digitales por internet (CFDIS) con operaciones inexistentes para soportar sus gastos y beneficiarse con un monto adicional como compensación por el hecho ilícito.

Es común encontrar en este entramado a algunas entidades federativas, a muchos ayuntamientos de la nación, a algunos poderes legislativos locales y a diversos sindicatos, como personas jurídicas beneficiadas en la expedición de CFDIS con operaciones inexistentes, este tipo de contribuyentes no son sujetos del pago del impuesto directo Impuesto Sobre la Renta (ISR) y en materia del impuesto indirecto al consumo Impuesto al Valor Agregado (IVA) pasa en términos operativos a formar parte de su gasto o erogación para fines de registros contables; no se escapan entidades públicas de impartición de justicia como la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como de muchas universidades públicas.

Así las cosas, el beneficio directo de estos, es justificar un gasto realizado o bien la mecánica para obtener en su beneficio una cantidad económica entregada por el proveedor una vez que se le efectúa el pago.

El caso de los contribuyentes ordinarios personas físicas y jurídicas, junto con los no contribuyentes antes mencionados, que se encuentran en el entramado de haberle dado efectos fiscales a los CFDIS adquiridos bajo el esquema fraudulento de consignar en ellos una operación inexistente, afecta a la hacienda pública federal en su recaudación impositiva; en términos generales, para determinar el impacto económico, se recoge al 02 de junio de 2025 cuatro mil setenta (4,070) resoluciones administrativas, dirigidas a un número igual de contribuyentes y en cada una de estas, se puede ver a una cantidad indeterminada de contribuyentes que les dieron efectos fiscales; el importe de los mismos asciende a un monto del 1 de enero de 2014 al 02 de junio de 2025, de 426 mil 451 millones 295 mil 500 pesos con 30 centavos ($426,451´295,500.30) lo que equivale grosso modo a lo que se les pudiera haber determinado como crédito fiscal en caso de haber sido objeto de una revisión, mediante el inicio de facultades de comprobación; esto es, es factible visualizar a golpe de vista el importe de un crédito fiscal por la misma cantidad, integrado por la suerte principal del ISR e IVA correspondiente, su actualización por el transcurso del tiempo, la aplicación de recargos y las multas respectivas, esto es, el tráfico de comprobantes fiscales en México tiene un impacto económico en la hacienda pública en cantidad de $426,451´295,500.30 en dicho periodo.

En el portal electrónico del Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano desconcentrado de la SHCP, se encuentra un apartado donde se pueden visualizar las notificaciones que se realizan por estrados a este tipo de contribuyentes emisores de CFDIS con operaciones inexistentes, es de ahí de donde se obtuvieron las 4,070 resoluciones definitivas que dan lugar a dicha cifra, las que una vez compiladas y sistematizadas, permiten identificar a los contribuyentes beneficiarios y el monto particular y general de donde se arriba a la cantidad de $426,451´295,500.30

Es increíble conocer que miles de estos contribuyentes que realizan este tipo de prácticas lesivas a la economía nacional, de manera orquestada desaparecen de su domicilio fiscal, se vuelven ilocalizables para notificarles personalmente o vía buzón tributario dichas resoluciones, lo que deriva en la notificación de estas por estrados para que surtan efectos fiscales, mientras las autoridades voltean la cara para proceder penalmente en contra de este tipo de traficantes de comprobantes fiscales, tanto de emisores como de receptores de los mismos, frente al mayor fraude a la nación debidamente soportado documentalmente, sin que interese a nadie su difusión.

@lvarezbanderas

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