Permitirá descuentos del 100 por ciento por la renovación o refrendo anual de concesiones
El parlamento michoacano, aprobó el dictamen “borrón y cuenta nueva” que permitirá descuentos del 100 por ciento por la renovación o refrendo anual de concesiones del servicio público de autotransporte urbano y foráneo y por derechos de servicios de registro y control del transporte particular.
Fue durante la sesión ordinaria virtual de este jueves, que con 23 votos a favor, 6 en contra y una abstención, el Congreso adicionó los artículos noveno y décimo a la Ley de Ingresos de la entidad, para el presente ejercicio fiscal.
La iniciativa con carácter de dictamen tiene como objetivo otorgar descuentos del cien por ciento en los adeudos por los Derechos por Servicios de Transporte Público, por la renovación o refrendo anual de concesiones de servicio público de autotransporte urbano y foráneo, para las diferentes modalidades, incluyendo sus accesorios, así como por los Derechos por Servicios de Registro y Control Vehicular de Transporte Particular.
La iniciativa con carácter de dictamen establece que será durante los meses de noviembre y diciembre del ejercicio fiscal del 2020 que se otorgarán estos descuentos en los adeudos de ejercicios fiscales anteriores, siempre y cuando se cubran los derechos correspondientes al año en curso.
Empero, en ningún caso el descuento a que se refiere este artículo dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno.
Este beneficio fiscal aplicará solamente para una concesión por contribuyente.
De acuerdo a datos de la Comisión Coordinadora del Transporte Público de Michoacán (COCOTRA), en el padrón vehicular actual se encuentran registrados 40 mil vehículos de transporte público concesionados y 1.9 millones de vehículos de transporte particular, según la Secretaría de Finanzas y Administración.
Integrantes de la fracción parlamentaria de MORENA, se opusieron ya que aseguraron el recurso de inconstitucionalidad que interpusieron contra la Ley de Ingresos, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puede invalidarlo y debían esperar a que se emita el resolutivo.



