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martes, enero 13, 2026

Aprueba IEM financiamiento público a partidos políticos para 2026

El cálculo se realizó conforme a la fórmula establecida en la ley, que consiste en multiplicar el número de personas inscritas en el padrón electoral de Michoacán    

El Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán aprobó el Acuerdo mediante el cual se determina el financiamiento público que recibirán los partidos políticos con representación en Michoacán durante el ejercicio fiscal 2026, tanto para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes como para el desarrollo de actividades específicas.

De acuerdo con lo aprobado, el financiamiento público queda de la siguiente manera:

TIPO DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO                          MONTO TOTAL

ACTIVIDADES ORDINARIAS PERMANENTES           $296,696, 416.54

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS                                 $8,900,504.59

TOTAL                                                                $305,597,309.04

El cálculo del financiamiento se realizó conforme a la fórmula establecida en la ley, que consiste en multiplicar el número de personas inscritas en el padrón electoral de Michoacán, integrado por 3 millones 891 mil 024 ciudadanas y ciudadanos, con corte al 31 de diciembre de 2025, por el 65% del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Para 2026, el valor diario de la UMA es de 117 pesos con 31 centavos, por lo que el factor aplicado corresponde a 76 pesos con 25 centavos.

Durante su intervención, la consejera Selene Lizbeth Medina González, presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, explicó que la distribución del financiamiento público entre los partidos políticos se realiza conforme a lo establecido en la Constitución, 30% del monto total se asigna de manera igualitaria entre los partidos con derecho a recibir financiamiento, mientras que el 70% restante se distribuye de forma proporcional, con base en la votación obtenida en la última elección local de diputaciones.

Asimismo, con base en el artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos el financiamiento para actividades específicas, la ley establece que este monto equivale al 3% del financiamiento ordinario, y se destina a acciones de educación y capacitación política, investigación socioeconómica y política, así como a tareas editoriales y su distribución sigue el mismo criterio: 30% igualitario y 70% proporcional.

El financiamiento se distribuirá a los partidos políticos a través de ministraciones mensuales, conforme al calendario establecido.

Consulta la sesión completa en: https://www.youtube.com/@IEMichoacan y sigue las actividades del Instituto a través de sus redes sociales oficiales.

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