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viernes, diciembre 26, 2025

Buscan diputados drasticidad en la Ley de Responsabilidades Administrativas

CONGRESO 2206

Reconocen que los exhortos no tienen mayor resultado, legislarán para que dejen de ser “llamados a misa”, y se obligue a rendir un informe puntual en un plazo máximo de 30 días

 

Los exhortos emitidos por los legisladores michoacanos, regularmente son llamados a misa, que los entes incitados o persuadidos sobre modificaciones en sus acciones, regularmente olvidan o ignoran, por lo que la Cámara de Diputados analiza modificaciones a la Ley de Responsabilidades Administrativas en Michoacán.

El dictamen elaborado por las Comisiones Unidas de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias y Jurisdiccional, a propuestas de dos iniciativas presentadas por los diputados Ernesto Núñez Aguilar y Sergio Báez Torres, señala que los exhortos legislativos, son parte de la práctica parlamentaria y tienen la finalidad de hacer un llamado a alguna autoridad para que en el ámbito de su competencia realice o deje de realizar determinados actos.

Sin embargo, reconoce que los exhortos no tienen mayor resultado, más que la realización de un pronunciamiento por parte del diputado que lo presenta, posicionamiento, que no goza de seguimiento o un resultado preciso, que garantice que la autoridad a la que se le realizó, responda o manifieste lo correspondiente.

Añade que el exhorto, constituye un mero posicionamiento, que de ninguna manera tiene carácter obligatorio, ni genera consecuencias jurídicas, situación por la que quedan en meras cuestiones políticas, que no están sujetas a control constitucional y no pueden ser objeto de impugnación a través de alguna controversia.

Indica que en la práctica las autoridades exhortadas no atienden esta clase de acuerdos, por lo que se deben impulsar mecanismos que permitan propiciar y fortalecer la corresponsabilidad para incrementar las capacidades de respuesta institucional y fortalecer el quehacer público, así como redimensionar los alcances del principio de colaboración de poderes y de la coordinación institucional.

Por lo anterior, el pleno pretende legislar para que los exhortos, dejen de ser llamados a misa, y se obligue al ente persuadido a rendir un informe puntual en un plazo máximo de 30 días hábiles y en caso de no hacerlo, sea sancionado conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas.

 

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