El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán integrado por la Magistrada Presidenta Suplente, Yurisha Andrade Morales, la Magistrada Amelí Gissel Navarro Lepe, así como de los Magistrados Adrián Hernández Pinedo y Eric López Villaseñor, resolvieron dos Procedimientos Especiales Sancionadores referentes al pasado Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado.
En el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-031-2025, en el que se denunció a una entonces candidata a Magistrada de la Sala Civil Colegiada de la Región Uruapan y otras personas, por la presunta comisión de actos que contravienen la normativa electoral y que pudieran constituir indiciariamente, actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos, asistencia de servidores públicos en día y hora hábil a evento proselitista; el Pleno determinó declarar la inexistencia de las infracciones atribuidas a los denunciados, ya que, de las pruebas no se logró acreditar que la reunión celebrada tuviera fines proselitistas, ni que las partes denunciadas estuvieran presentes.
Por otra parte, en el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-030-2025, el Pleno determinó la inexistencia de los actos atribuidos a quien fue candidato al cargo de Magistrado de la Segunda Sala en Materia Civil de la Región Morelia y otras personas, con motivo de la probable realización de un evento en un establecimiento comercial para favorecer al candidato denunciado y publicaciones en la red social Facebook pagadas con recursos privados. Lo anterior, ya que, el evento no fue llevado a cabo, además de que la publicación denunciada no puede ser considerada como propaganda electoral o acto de campaña, porque no fue difundida por el candidato denunciado y en la misma no se advirtieron elementos que tuvieran por objeto un llamamiento al voto.