Recibe el Consejo General informes anuales de gestión 2025 y se emiten lineamientos para designar interventor externo en liquidación de partidos políticos
En sesión extraordinaria urgente, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aprobó la incorporación de una plaza del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN), a la Coordinación de Igualdad No Discriminación y Derechos Humanos, con el objetivo de consolidar la estructura técnica del Instituto y reforzar la profesionalización de su capital humano.
Durante la presentación del acuerdo, la Consejera Electoral Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León, Presidenta de la Comisión de Vinculación y Servicio Profesional Electoral, explicó que la incorporación de la plaza forma parte del fortalecimiento de la estructura profesional del Instituto, al integrarse al Servicio Profesional Electoral Nacional, al tiempo que, destacó que esta decisión.
Recibe el Consejo General informes anuales de gestión 2025
Durante la sesión también se presentaron los informes anuales correspondientes al ejercicio 2025, entre ellos el del Órgano Interno de Control (OIC), mismo que detallaron acciones en materia de auditoría, responsabilidades administrativas, fortalecimiento del control interno y supervisión del uso de recursos públicos.
Asimismo, se presentaron los informes en materia de archivos, que documentan el avance del Sistema Institucional de Archivos y la gestión documental del Instituto, así como las líneas de trabajo para el siguiente ejercicio. El informe resaltó la importancia de contar con procesos archivísticos ordenados para garantizar transparencia, acceso a la información y preservación de la memoria institucional, especialmente en un organismo que produce documentación clave para la vida democrática.
Emite lineamientos para designar interventor externo en liquidación de partidos políticos
En otro punto del orden del día, el Consejo General aprobó los lineamientos para la designación y contratación de una persona interventora externa que dé continuidad a los procedimientos de liquidación de partidos políticos locales que hayan perdido su registro.
Al presentar el informe la Consejera Electoral Claudia Marcela Carreño, Presidenta de la Comisión de Fiscalización del IEM, explicó que con la aprobación se busca establecer reglas claras y perfiles especializados para conducir estos procesos con mayor eficiencia técnica y certeza jurídica, particularmente en un momento en el que el Instituto debe garantizar el correcto manejo de bienes, recursos y obligaciones pendientes de las fuerzas políticas involucradas.
Presenta el IEM informe sobre solicitudes para constituir Agrupaciones Políticas Estatales en Michoacán
En sesión extraordinaria urgente, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) recibió el informe presentado por la Secretaría Ejecutiva respecto del proceso de registro de Agrupaciones Políticas Estatales, mecanismo contemplado en la legislación electoral que permite a la ciudadanía organizarse con fines políticos y participar de manera activa en la vida pública del estado.
Las Agrupaciones Políticas Estatales son organizaciones ciudadanas que, sin ser partidos políticos, tienen como finalidad contribuir al desarrollo de la vida democrática, promover la participación política y coadyuvar a la formación de opinión pública.
El informe presentado señala que las asociaciones que presentaron solicitud son: Alianza por la Transformación de Michoacán A.C., Sumar por Michoacán A.C. y Resplandor de Libertad y Unidad A.C., quienes entregaron la documentación correspondiente y acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos ley.
Durante la Sesión, la Secretaría Ejecutiva del IEM detalló que el procedimiento contempla una revisión exhaustiva de la documentación presentada, así como la verificación del cumplimiento de los requisitos legales y formales, además, en caso de detectarse inconsistencias o documentación incompleta, se prevé la emisión de requerimientos para su debida subsanación dentro de los plazos establecidos.
Una vez concluida la etapa de revisión técnica de los requisitos, el Consejo General determinará lo conducente respecto al otorgamiento o no del registro correspondiente, conforme a los plazos establecidos en la normativa electoral.



