Asegura su presidente que la norma no prohíbe poner a familiares dentro de la postulación de un cargo y analizarán el tema pasando este proceso electoral, el cual discutirán mediante foros para efecto de que exista una definición de carácter jurídico
El consejero presidente del Instituto Electoral de Michoacán, Ramón Hernández Reyes, aseveró que la norma no prohíbe poner a familiares dentro de la postulación a un cargo, pero que tras pasar este proceso electoral analizarán jurisprudencias emitidas sobre el tema para regularlo.
En entrevista, señaló que el tema de las «Juanitas» obligó a que se hiciera una modificación a la reforma de legislación, pero desde el punto de vista jurídico que es donde se basa el Instituto Electoral del Estado, la norma no prohíbe poner a familiares dentro de la postulación de un cargo, esto tras el cuestionamiento de que algunos partidos estaban «simulando» la paridad de género al postular a la novia, esposa o alguna mujer que fuera familiar para lograr la paridad de género en prospectos para algún cargo de elección que les marca la ley.
En ese sentido, indicó Ramón Hernández, que ese es un tema interno de cada partido y desde el interior de cada uno de ellos, debe revisarse; aunque sí reconoció que no tienen que darse ese tipo de casos de simulación, porque deberían de dar la oportunidad de participación a las mujeres y no condicionarles por el hecho de ser parientes de quienes designan a sus postulantes.
Así mismo, refirió que analizarán el tema pasando este proceso electoral, el cual discutirán mediante foros para efecto de que exista una definición de carácter jurídico para el tema, ya que el hecho de que la norma no lo prohíba no los hará ajenos a esa situación, lo que significa que lo verán a la luz de la ley, para garantizarle a los michoacanos una verdadera paridad de género.
De ahí que van analizar jurídicamente el tema, para que les permita aplicar el peso de la ley, ya que recalcó que si no viene en la norma, el hecho de postular a familiares, esto sí puede existir en criterios jurisprudenciales y órganos jurisdiccionales y que a partir de ellos, las autoridades electorales puedan aplicar el criterio que los tribunales electorales emitan y a pesar de que no son un órgano de control de legalidad si pueden comenzar hacer un cambio para que los partidos no continúen simulando la postulación de mujeres para cargos de elección popular.