El líder estatal de Redes Sociales Progresistas se expresó bien de Arias Solís, pero dijo que así está establecido en el Código Electoral de Michoacán y no se puede evadir
El artículo 159 del Código Electoral de Michoacán impide que el morenista Cristóbal Arias pueda contender con otro partido, dijo el coordinador de Redes Sociales Progresistas, Juan Manuel Macedo Negrete. De ello dijo haber hecho hincapié en la reunión que sostuvo ayer por la tarde con el equipo del aspirante que perdió la encuesta interna de Morena, ya que establece que ningún preaspirante puede participar en procesos internos simultáneos de partidos de selección de abanderados: «es un candado antichapulin», dijo.
No obstante, se reunirá con él «vamos a escucharlo», adelantó.
en rueda de prensa confirmó haber esa plática con el equipo de Arias Solís, quien ha roto con Morena al perder la encuesta interna por la candidatura a gobierno michoacano y quien sostuvo encuentros con líderes de algunos partidos de la entidad en busca de acercamiento.
Por lo pronto, dijo Macedo Negrete que las RSP dieron sus puntos de vista en esa reunión que él mismo encabezó, y definió que esta fue una primera platica, pero habrá un encuentro con el propio morenista.
Admitió el dirigente redesista y no dejó de reconocer que esto mueve el proceso «nos mueve, nos genera inquietud» al interior de la militancia de su partido, pero dijo que este seguirá la ruta trazada, aunque se está a horas de definir candidaturas y cuidar todos los aspectos a este respecto, lo cual se le dejo en claro también al equipo del morenista pues en las Redes se acordó no recibir externos que hayan perdido en su otro partido, de entrada.
Pero además el Código Electoral del Estado establece que quienes participen en el proceso interno de un partido no podrán ser postulados a candidatura por otro partido, ni quienes estén participando de manera simultánea en otro instituto político, por lo cual se revisara el asunto.
Se expresó bien de Arias Solís pero dijo que estos puntos arriba citados, contenidos en el articulo159 del Código Electoral de Michoacán, no se pueden evadir, pues establece también entre otros postulados, que los partidos políticos están obligados de informar al Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán en un plazo improrrogable de cinco días, de los registros de precandidatos que hayan sido registrados en cada uno de sus procesos de selección interna, de los cuales deberá salir quien vaya a quedar como candidato para todos los puestos que serán renovados en esta elección 2021.



