Ya que puede presentarse una controversia entre artículos constitucionales, debido a que unos permiten que al libre albedrío la ciudadanía decida participar en las consultas populares, mientras otros indican que es obligatorio el sufragio
El vocal ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), David Alejandro Delgado Arroyo consideró necesario modificar la legislación de modo que no choquen las normas que obligan o permiten a la ciudadanía a votar en las Consultas Populares.
El servidor público explicó que puede presentarse una controversia entre artículos constitucionales, debido a que unos permiten que al libre albedrío la ciudadanía decida participar en las consultas populares, mientras otros indican que es obligatorio el sufragio.
“Puede presentarse una controversia entre artículos constitucionales porque el 36 dice que es obligatorio participar en Consulta Popular, pero el 35 dice que es vinculante solo sí participa el 40 por ciento de la población”, manifestó.
Es decir, el artículo 35 de la Constitución Mexicana establece que se requiere el 40 por ciento de la participación ciudadana para que la Consulta Popular sea vinculante, es decir, deja al libre albedrío que la sociedad pueda sufragar o abstenerse.
Por lo anterior, Delgado Arroyo considero necesario que se valoren los espacios de mejora para futuras consultas populares, con la finalidad de que se evite que se repitan este tipo de situaciones o recovecos que contrapongan las disposiciones legales.



