Conceden suspensión provisional a favor de director de la Facultad de Derecho de la UMSNH

La emite juez federal del Juzgado Séptimo de Distrito, en tanto se resuelve de manera definitiva el juicio de amparo promovido por el académico

El Juzgado Séptimo de Distrito concedió la suspensión provisional a favor de Carmelo Domínguez Mota, con lo que deberá ser restituido en el cargo de director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), mientras se resuelve de manera definitiva el juicio de amparo promovido por el académico.

De acuerdo con la resolución judicial, existen elementos suficientes para considerar que la medida aplicada en su contra pudo haberse realizado sin observar plenamente las disposiciones previstas en el propio Estatuto Universitario.

El juez federal señala que la sanción reclamada fue impuesta sin que previamente se hubiera escuchado al quejoso, como lo establece el artículo 139 del Estatuto Universitario, situación que le impidió ejercer plenamente su derecho de audiencia, ofrecer pruebas y formular alegatos antes de la determinación adoptada por las autoridades universitarias.

Asimismo, la resolución advierte que el oficio mediante el cual se notificó la suspensión del cargo establecía que ésta permanecería vigente por el tiempo que se considerara indispensable para resolver los procedimientos iniciados en su contra.

Sin embargo, el juzgador precisa que el artículo 140 del Estatuto Universitario únicamente contempla los tipos de sanciones que pueden imponerse, pero no prevé que éstas puedan aplicarse de manera temporal o como una medida cautelar.

El acuerdo judicial también establece que dentro del propio Estatuto Universitario no se advierte la existencia de una figura jurídica que permita la suspensión temporal de un director mientras se desarrollan procedimientos ante el Consejo Universitario.

Por ello, y con fundamento en el artículo 138 de la Ley de Amparo, el Juzgado Séptimo de Distrito concedió la suspensión provisional para el efecto de que Carmelo Domínguez Mota sea restituido en el cargo de director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, hasta en tanto se emita la resolución interlocutoria correspondiente.

La determinación judicial garantiza la conservación de los derechos del quejoso mientras continúa el proceso legal. Será en las siguientes etapas del juicio de amparo cuando se determine de manera definitiva la legalidad de los actos reclamados.

Con esta resolución, Carmelo Domínguez Mota podrá reincorporarse al ejercicio de sus funciones al frente de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, en cumplimiento de la suspensión provisional otorgada por la autoridad federal. (RED 113)

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