Inexistentes, las acusaciones contra Alejandra Anguiano, dice TEEM

Argumenta que no quedaron acreditados actos anticipados de campaña, promoción personalizada con fines electorales y uso indebido de recursos públicos 

El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) resolvió declarar inexistentes las infracciones atribuidas a Alejandra Anguiano González, secretaria de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, al considerar que no se acreditaron las conductas denunciadas.

Durante la sesión pública en la que se analizó el Procedimiento Especial Sancionador PES-12/2026, el Pleno avaló el proyecto de sentencia que concluyó que no quedaron acreditados actos anticipados de campaña, promoción personalizada con fines electorales, uso indebido de recursos públicos ni afectaciones al principio de equidad en la contienda.

En el estudio del expediente, los magistrados señalaron que, en relación con los presuntos actos anticipados de campaña, no se actualizaron los elementos temporal y subjetivo, debido a que no existe evidencia de promoción política de la denunciada, ni de que se utilizara su cargo para impulsar una aspiración electoral o una eventual candidatura.

De igual forma, el Tribunal estableció que tampoco se configuró la promoción personalizada con fines electorales, ya que la publicación motivo de la denuncia no hace referencia a persona alguna, candidatura o proceso electoral, por lo que tampoco se acreditó el uso de recursos públicos.

Al no comprobarse dichas conductas, el TEEM concluyó que tampoco existió vulneración a los principios constitucionales que regulan la materia electoral.

La denuncia fue presentada por Adán Padilla Santoyo y la elaboración del proyecto de resolución correspondió al magistrado Adrián Hernández Pinedo.

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