Dijo que con ello se busca que se generen esquemas como el autoempleo
Estímulos y descuentos fiscales para aquellas empresas, establecimientos mercantiles o negocios que pertenezcan o empleen a personas con discapacidad en el estado, propuso a través de una iniciativa de reforma el diputado del Partido del Trabajo, Reyes Galindo Pedraza.
En el pleno del Congreso de Michoacán, el legislador planteó que sea reformado el artículo 46 de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en donde los gobiernos municipales y el Poder Ejecutivo establezcan reglas de operación en las que se deberá procurar apoyos y descuentos encaminados a facilitar la apertura de fuentes de empleos para quienes se encuentren en esa condición.
Dijo que con ello se busca que se generen esquemas como el autoempleo para las personas con discapacidad y aquellas empresas, negocios o establecimientos que sean beneficiadas con los estímulos fiscales deberán cumplir ciertos lineamientos: que tengan al menos el 10 por ciento de su plantilla laboral con personas en esta condición, que cuenten con las instalaciones físicas adecuadas para la libre movilidad y promuevan la permanencia laboral.
“En el Partido del Trabajo, tenemos la firme convicción que una política de inclusión de altura de miras debe llevar como componente principal la incorporación de las personas con discapacidad al sector productivo por medio de la generación de condiciones de empleo, autoempleo y emprendimiento que atienda a las necesidades reales de las personas que viven con estas condiciones”, expresó el coordinador parlamentario del PT.
Explicó que esta normativa propone que los descuentos especiales en el pago de impuestos, derechos o servicios, a personas con discapacidad, que los gobiernos municipales y el titular del ejecutivo estatal otorguen, no podrán ser mayores a un 50% del costo normal de los mismos;
Dijo que la inclusión es una tarea que debemos llevar a cabo todas y todos, por ello corresponde al Estado de manera prioritaria emprender acciones a favor del desarrollo personal, social y profesional de todas aquellas personas con alguna discapacidad en cualquier grado.
“Las y los legisladores del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en esta LXXV Legislatura, consideramos que de ser aprobado este proyecto de reforma, se estaría abonando de manera fehaciente al mejoramiento de las condiciones de vida de las personas con discapacidad, ya que el acceso a una plena integración laboral resulta un paso firme en el camino de la anhelada justicia social”, acotó Reyes Galindo.
Rocío Beamonte propone reforma para salvaguardar la salud de las niñas, niños y adolescentes
Con el objetivo de salvaguardar la salud y la vida de las niñas, niños y adolescentes, la diputada Rocío Beamonte Romero propuso una iniciativa para reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para que cuando por diagnóstico médico esté en riesgo la vida de las y los menores y se requiera realizar una transfusión sanguínea, se realice por parte del personal médico, aun cuando exista oposición de quienes tienen derecho a autorizarlo.
Al hacer uso de la tribuna para presentar la iniciativa de reforma, la diputada local integrante de la LXXV Legislatura de Michoacán, explicó que, la propuesta es que el Estado intervenga sólo en aquellos casos extremos en los que una decisión pueda tener graves consecuencias para el niño, como negarse a una transfusión que bajo criterio médico sea vital.
“El principio constitucional del interés superior de niñas, niños y adolescentes cobra especial relevancia cuando se trata de decisiones públicas y privadas que afectan la salud e integridad de este grupo vulnerable”.
Sin embargo explicó que dicho precepto constitucional puede ser vulnerado fácilmente por los propios padres o familiares cuando no tienen cuidado suficiente, son omisos o actúan de manera contraria a dicho interés superior y un claro ejemplo es cuando el menor se encuentra en urgencia médica y requiere de una transfusión sanguínea, misma que no se puede llevar a cabo debido a la negativa de quienes tienen la posibilidad legal de decidir.
Con la iniciativa presentada por Rocío Beamonte, se busca garantizar que ante la necesidad de una transfusión sanguínea de la que depende la salud y hasta la vida de una niña, niño o adolescente, los profesionales de la salud tengan la posibilidad de realizar la transfusión sin importar la negativa de sus padres, tutores o custodios.
Si bien los padres tienen derecho a ponderar los tratamientos alternativos con acompañamiento del personal hospitalario, señaló que no se debe permitir que tomen una decisión que coloca en riesgo la vida del infante, debiendo el Estado intervenir con el objetivo de implementar el tratamiento idóneo para salvar su bienestar y vida.
Con esta reforma se propone garantizar desde la legislación que un especialista de la salud pueda realizar una transfusión sanguínea a las y los niños, y adolescentes que lo necesitan para proteger su salud y hasta su vida, sin que sus padres o tutores no estén de acuerdo.
“Resulta obvio decir que el daño en estos casos es irreversible, grave y de imposible reparación para un menor de edad que no puede valerse por sí mismo, por lo que el Código Penal para el Estado de Michoacán incluso tipifica como delito la comisión de prácticas que ponen en riesgo la salud e integridad física y emocional de un menor de edad en sus artículos 152, 178 y 154, omisión de auxilio, violencia familiar y omisión de cuidado, respectivamente”.
Dejó claro que no se trata de sancionar o castigar a padres y madres, sino que la vida y la salud de las niñas, niños y adolescentes esté protegida en casos particulares en los que la transfusión sanguínea sea inevitable.
Julieta Gallardo propone reforma para proteger a ejidatarios
En México se estima que el 15.3 por ciento de la totalidad de la población de los ejidos y comunidades tienen como único documento de propiedad de sus tierras una carta de posesión expedida por la asamblea o el Tribunal Agrario, por lo que la diputada Julieta Gallardo Mora, presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Desarrollo Rural Integral Sustentable del Estado de Michoacán, para incluirlos en la norma como sujetos de derechos.
Con esta propuesta resaltó la coordinadora de la Representación Parlamentaria en la sesión celebrada este miércoles, que se abre la posibilidad de que estos efectivamente sean reconocidos y puedan acceder a los beneficios que el Estado otorga a los pequeños campesinos.
Ante el Pleno de la LXXV Legislatura propuso reformar la legislación local para que se establezca que, dichos los beneficios de esta Ley en el ámbito estatal son sujetos, los ejidos, posesionarios, comunidades indígenas y las organizaciones o asociaciones de carácter nacional, estatal, regional, distrital, municipal y localidades de pobladores del medio rural que se constituyan o estén constituidas de conformidad con las leyes vigentes y, en general, toda persona física o moral que, de manera individual o colectiva, realice preponderantemente actividades en el medio rural.
Julieta Gallardo manifestó su preocupación ya que los recursos para el campo cada vez son menores, situación por la cual se agrava la situación que viven millones de familias en nuestro país.
“A nivel estatal el panorama es peor, el campo michoacano está abandonado. El presupuesto de este año es el peor año, ni en la etapa del neoliberalismo se destinó tan poco presupuesto. Es el gobierno que menos dinero ha otorgado. En una relación de 30 años a la fecha el incremento anual fue de 2 por ciento. Nunca se vio lo que hoy vemos. El presupuesto decreció en términos reales”.
Por ello, en tribuna hizo un llamado a los gobiernos municipales, estatal y federal para que tomen con seriedad la situación que se vive en este sector, de tal forma, que desde todas las trincheras se emprendan acciones para su fortalecimiento, cosa que con diversas iniciativas de reformas se está realizando.
“Esta iniciativa aborda una más de las aristas que se han descuidado: el respeto a los derechos de los sujetos agrarios en relación con la tenencia de la tierra en dos ámbitos: en lo individual y en lo colectivo”.
Julieta Gallardo remarcó que se debe garantizar el derecho al uso y disfrute de sus tierras y a transmitir los derechos sobre las mismas; en lo colectivo, como integrante de una figura moral, es decir, el ejido o la comunidad, así como a los demás sujetos agrarios previstos en la ley.
En ese sentido, enfatizó que con esta iniciativa que presenta la figura jurídica de posesionarios será contemplada en la ley, garantizando sus derechos y la justicia para este sector poblacional.
Regulará Michoacán aprovechamiento de ecosistemas forestales: 75 Legislatura
La 75 Legislatura aprobó modificaciones a la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable de Michoacán, con lo cual, se busca regular el manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales.
En el dictamen, aprobado por el Pleno del Congreso del Estado y presentado por la Comisión de Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente, se deroga la fracción III del artículo 7 de la citada Ley, para excluir la atribución del Titular del Poder Ejecutivo para emitir autorizaciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, por excepción, y previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal.
Lo anterior, atendiendo a que el artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que, corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, fomentar la protección, restauración, conservación, preservación y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, recursos naturales, bienes y servicios ambientales, con el fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano.
Asimismo, define que es competencia de la Federación, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales o de la Comisión Nacional Forestal, en el ámbito de sus atribuciones, suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, para que asuman ciertas funciones, siempre y cuando, cuenten con los medios necesarios, personal capacitado y recursos materiales y financieros para el desarrollo de dichas funciones.
En ese tenor, el dictamen refiere que la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, señala que es una atribución de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, expedir, por excepción, las autorizaciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de la entidad federativa de que se trate, bajo el procedimiento señalado en su Reglamento.
Por lo tanto, concluye que otorgarle dicha atribución, transgrede su esfera de competencia, de acuerdo con la norma general, ya que, el otorgar autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, es responsabilidad de la Federación a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.


